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Estrategia y Gobernanza

Bakeca y Enel: multas por errores de privacidad

Por Benedikt Langer · 25 de abril de 2026 · 5 min de lectura

La autoridad italiana de protección de datos ha impuesto a Enel Energia una multa de 563.052 euros por el tratamiento ilícito de datos para publicidad telefónica. También ha sancionado al portal de anuncios Bakeca con 5.000 euros después de que se publicaran datos de contacto de terceros en anuncios. Ambas decisiones muestran cómo pueden producirse errores de protección de datos en procesos cotidianos. Conviene que las empresas revisen los contactos publicitarios, los proveedores de servicios y la comprobación de datos de terceros.

Lo esencial en breve

  • Enel Energia recibió una multa de 563.052 euros. Según la autoridad, durante contactos de servicio también se presentaron ofertas sin una base jurídica adecuada.
  • Bakeca recibió una multa de 5.000 euros. En el portal de anuncios se habían publicado los datos de contacto de una mujer sin su conocimiento.
  • Los casos afectan a procesos concretos. Las empresas deberían revisar las autorizaciones para los contactos publicitarios y el tratamiento de datos de terceros.

Enel Energia: publicidad durante contactos de servicio

La autoridad italiana investigó reclamaciones por llamadas no deseadas. Según sus conclusiones, Enel Energia presentó ofertas adicionales durante contactos que tenían inicialmente fines administrativos, también a través de empresas externas. Según la autoridad, esto ocurrió en algunos casos pese a que los clientes habían rechazado expresamente el tratamiento de sus datos con fines publicitarios.

La autoridad también detectó deficiencias en las salvaguardias para volver a contactar con los clientes. Ordenó implantar medidas adecuadas para estos procesos y prestar atención a que los encargados del tratamiento ofrezcan garantías y competencias suficientes. La decisión sobre Enel Energia está fechada el 12 de marzo de 2026.

Bakeca: datos de terceros en anuncios

En Bakeca se habían publicado en anuncios el número de teléfono y el lugar de trabajo de una mujer sin su conocimiento. La afectada se dio cuenta tras recibir llamadas no deseadas. Los anuncios se retiraron después de que ella lo comunicara y requiriera a la empresa que actuara.

La autoridad detectó deficiencias en las medidas técnicas y organizativas: el portal permitía publicar datos de terceros sin comprobar la autorización para usar el número de teléfono. En su decisión sobre Bakeca ordenó medidas de comprobación de los números de teléfono en categorías sensibles de anuncios. La decisión también está fechada el 12 de marzo de 2026.

Qué exige el RGPD a las empresas

El RGPD exige una base jurídica para el tratamiento de datos personales. Cuando los datos se tratan con fines de mercadotecnia directa, los interesados pueden oponerse en cualquier momento. A partir de ese momento, sus datos ya no podrán tratarse para esa publicidad.

Los responsables del tratamiento también deben adoptar medidas técnicas y organizativas adecuadas al riesgo correspondiente. Si recurren a un encargado del tratamiento, el artículo 28 les exige seleccionar un proveedor que ofrezca garantías suficientes y regular el tratamiento mediante un contrato.

Qué procesos conviene revisar ahora

Las medidas deben adaptarse a cada servicio y a sus riesgos. Estas dos decisiones, por sí solas, no permiten concluir que exista un endurecimiento general de la actuación de las autoridades contra las pymes.

Preguntas frecuentes

Cada pregunta está cerrada. Toca para desplegar la respuesta.

¿Puede una empresa seguir enviando publicidad directa después de una oposición?

No. Según el artículo 21 del RGPD, después de una oposición los datos personales ya no pueden tratarse con fines de mercadotecnia directa.

¿Basta un contrato con un proveedor para garantizar la protección de datos?

El contrato es un elemento necesario cuando existe un encargo de tratamiento. El responsable también debe seleccionar a un encargado que ofrezca garantías suficientes de que aplicará medidas de protección adecuadas.

¿Demuestran los casos una nueva oleada de multas contra las pymes?

Las dos decisiones se refieren a casos concretos. Por sí solas no prueban que exista una oleada general de actuaciones contra las pymes.

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Fuente de la imagen: generada por IA (November 2026)

Traducido del original en alemán con inteligencia artificial. La versión alemana es la de referencia.

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